Potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica, principales objetivos de la nueva Ley General Tributaria (LGT).
Todos estos aspectos formarán parte del análisis profundo que estoy preparando sobre la Nueva Ley General Tributaria, que en breve te brindaré en formato de un PRÓXIMO CURSO. Mientras tanto, aquí tienes un resumen que avanza los puntos clave.
Como sabes La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, ha sido objeto de varias modificaciones desde su entrada en vigor, sin embargo, la que ahora se implementa es la de mayor calado.
Para potenciar la lucha contra el fraude, en la LGT se adoptan medidas como la publicación derivada de la normativa de la Unión Europea y la publicidad de datos tributarios de los deudores a la Hacienda Pública que reúnan ciertos requisitos, entre otros: que la deuda sea, al menos, de 1.000.000 de euros y no se incluya las deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas.
Otras medidas adoptadas para la lucha contra el fraude fiscales son: la norma antiabuso, consistente en una nueva infracción tributaria para sancionar supuestos que ya hayan sido declarados por la Administración como conflicto en la aplicación de la norma tributaria; potenciación de la estimación indirecta, luchando de este modo contra la economía informal; ampliación de las potestades de comprobación e investigación, haciendo una distinción entre los derechos a comprobar y a liquidar; potenciación de las actuaciones de los órganos de gestión tributaria (procedimiento de comprobación limitada); posibilidad de liquidar las deudas tributarias cuando se aprecien indicios de delito (según el artículo 305.5 del Código penal); represión del contrabando,refuerzo del régimen de infracciones y sanciones con el fin de profundizar en la lucha contra los comportamientos más sofisticados de fraude fiscal o estructuras artificiosas, dirigidas únicamente a obtener ahorros fiscales abusando de lo dispuesto por las normas tributariasy la publicidad de condenados por delito en materia de fraude fiscal, concretamente la publicación no completa de las sentencias condenatorias y firmes.
Para reducir la conflictividad, se amplían las disposiciones interpretativas o aclaratorias (DGT); un futuro plan SII de IVA, que empezará el 1 de enero de 2017 e implantará un nuevo sistema de gestión de IVA basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales y el fomento del cumplimiento cooperativo.
Finalmente, para incrementar la seguridad jurídica se han adoptado nuevos plazos del procedimiento de inspección, estableciéndose un período más amplio; también se ha revisado el régimen sancionador, suspendiéndose el plazo del procedimiento sancionador cuando se solicite la tasación pericial contradictoria; se han adoptado medidas para agilizar la actuación de los Tribunales y reducir la litigiosidad mediante reclamaciones Económico-Administrativas y finalmente, se ha regulado un nuevo procedimiento de recuperación de Ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario.
La reforma trata de respetar en todo momento el principio de estabilidad de la normativa que fortalezca la seguridad jurídica en beneficio de los operadores jurídicos que aplican el sistema tributario.