Preparen la cartera para el 2024. 2ª parte. - BASILIO RAMÍREZ

Como decíamos en el artículo anterior, el año 2024 arranca con novedades en materia de fiscalidad que afectan a todo el mundo, ya sean empresas, autónomos o particulares.

  • Criptomonedas en el extranjero.
  • Obras por eficiencia energética.
  • Coche eléctrico.
  • Sin Sucesiones en cuatro regiones.
  • Certificado de plástico reciclado. informacion
  • Impuesto mínimo del 15%.
  • Ventas en plataformas ‘online’ . Wallapop, Airbnb, Amazon, Vinted,
  • IVA de los alimentos y energía.

Los cambios van desde la obligación de declarar por primera vez los criptoactivos en el extranjero, deducciones por obras de rehabilitación, también por la compra de coche eléctrico, o por compras de plástico reciclado. Además, se consolida el “Impuesto Complementario” al mínimo del 15% para las multinacionales o grandes grupos. Estos son los principales cambios.

Criptomonedas en el extranjero

A partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de marzo, los contribuyentes deberán cumplir con la obligación de rendir cuentas con Hacienda en España sobre sus activos digitales en el extranjero, siempre y cuando el valor de dichos activos supere los 50.000 euros. Esta medida fue aprobada por el Gobierno en abril de 2023 a través del Real Decreto, que establece la declaración obligatoria de criptoactivos para particulares y empresas residentes en España. Esta obligación ya estaba contemplada en la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal de junio de 2021.

La normativa requiere que los poseedores de activos digitales informen a la autoridad fiscal sobre el saldo de estos activos. Los contribuyentes deben presentar una declaración anual, utilizando el modelo 721, que incluya la totalidad de los criptoactivos que posean al 31 de diciembre de cada año, así como aquellos que hayan tenido en cualquier momento durante el ejercicio fiscal. Una vez proporcionada esta información, deberán tributar las ganancias o pérdidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y declarar el valor de los activos en el Impuesto sobre el Patrimonio y Grandes Fortunas.

Además, las empresas gestoras o custodias de activos digitales en España tienen la responsabilidad de informar a Hacienda sobre el saldo de sus clientes, utilizando los modelos 172 y 173. Este proceso contribuye a la transparencia fiscal y permite a las autoridades supervisar las transacciones y tenencias de criptoactivos en el país.

 Obras por eficiencia energética

El Gobierno ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2024 la reducción del 60% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios residenciales. Inicialmente programada para concluir en diciembre de 2023, ahora esta deducción se aplica a obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta la nueva fecha límite.

En el ámbito de la movilidad sostenible, aquellos que adquieran un coche eléctrico enchufable o de pila de combustible entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 podrán beneficiarse de una deducción del 15% en el IRPF sobre el valor de compra del vehículo, con un tope máximo de 20.000 euros. La deducción abarca el valor de adquisición, incluyendo gastos e impuestos, pero se excluyen las subvenciones o ayudas públicas recibidas. Los contribuyentes tienen dos opciones para aplicar esta reducción: durante el período impositivo en el que se matricule el vehículo (ya sea en 2023 o 2024), o, en el caso de realizar un pago inicial al vendedor equivalente al menos al 25% del valor del coche, la deducción se aplicará en el año del pago inicial, con la obligación de completar la compra y abonar el resto en el año siguiente. Esta medida busca fomentar la adopción de vehículos eléctricos y contribuir a la transición hacia una movilidad más sostenible.

Sin Sucesiones en cuatro regiones

A partir del 2024, los contribuyentes residentes en Islas Baleares, Aragón, Valencia y La Rioja experimentarán una significativa reducción, o incluso la eliminación prácticamente total, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esta medida se materializará gracias a las bonificaciones aprobadas por los Gobiernos autonómicos respectivos, que oscilan entre el 99% y el 100%.

Certificado de plástico reciclado

El impuesto sobre el plástico no reutilizable, en vigor desde enero de 2023, presenta novedades a partir de 2024. Este tributo afecta a las empresas que fabrican, importan o adquieren plástico no reciclado, siempre y cuando la cantidad supere los cinco kilos. Hasta noviembre de este año, las compañías han desembolsado 549 millones de euros a la Agencia Tributaria por este impuesto. No obstante, la normativa excluye de este tributo a los plásticos reciclados. Para que las empresas puedan determinar qué plásticos se consideran reciclados y, por lo tanto, están exentos del impuesto, necesitan una certificación emitida por entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), por el organismo equivalente de otro Estado miembro de la UE o, si los productos están fabricados fuera de la UE, por un organismo acreditado con un acuerdo de reconocimiento internacional con la ENAC.

Dada la complejidad de obtener estos certificados, la normativa estableció un periodo de gracia de 12 meses para las empresas, durante el cual no se les exigió el pago de impuestos por el plástico reciclado si contaban con una declaración responsable firmada por el fabricante. Este periodo concluyó el 31 de diciembre de 2023. Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2024, las empresas deberán disponer de estos certificados si desean evitar el pago del impuesto sobre el plástico reciclado. Esta medida refleja el compromiso con la sostenibilidad y la promoción del uso responsable de materiales, al mismo tiempo que establece requisitos más estrictos para demostrar la condición de reciclado de los plásticos.

 Impuesto mínimo del 15%

A partir de 2024, las multinacionales y grandes grupos con un volumen de negocio igual o superior a 750 millones de euros al año, junto con sus filiales, estarán obligadas a asumir una tributación mínima del 15%. El Ministerio de Hacienda ha presentado el Anteproyecto de Ley para crear el Impuesto Complementario, actualmente en fase de información pública hasta el 19 de enero antes de su tramitación en las Cortes. Este impuesto complementará al Impuesto de Sociedades si las compañías no alcanzan el umbral del 15%. La propuesta se divide en tres partes: el impuesto complementario nacional aplicará a multinacionales y grandes grupos, el impuesto complementario primario se centrará en las filiales extranjeras de empresas españolas, y el impuesto complementario secundario se dirigirá a las filiales en España de grupos con sede en el extranjero.

Aunque la medida busca asegurar una tributación mínima y evitar la elusión fiscal, surgen interrogantes sobre la base sobre la cual se aplicará el 15%. Según declaraciones de Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, la base podría ser el «Beneficio Contable», aunque esto ha generado preocupación debido a la posibilidad de vulnerar el principio de doble imposición y otros principios fundamentales de la Unión Europea (UE).

La reacción de la OCDE y las multinacionales afectadas será clave. Algunas empresas ya han expresado su inquietud, evaluando la posibilidad de retirarse de España o reconsiderar inversiones en el país. La controversia se intensifica al destacar la preocupación sobre la estrechez de miras en torno a la inversión extranjera y la recaudación. La incertidumbre y la posibilidad de afectar el atractivo de España para la inversión extranjera podrían tener implicaciones significativas para el crecimiento económico y la recaudación a largo plazo. Es necesario un equilibrio entre la necesidad de ingresos fiscales y la creación de un entorno propicio para la inversión y el desarrollo económico.

Ventas en plataformas ‘online’

A partir del próximo año, las plataformas digitales, como Amazon, Wallapop, Airbnb o Vinted, enfrentarán la obligación de informar a Hacienda sobre las operaciones de venta realizadas por usuarios, ya sean profesionales o particulares. Esta medida aplicará a aquellas transacciones que superen las 30 operaciones al año o alcancen un volumen de ventas de más de 2.000 euros.

En otras palabras, estas plataformas estarán requeridas a proporcionar a la autoridad tributaria información detallada sobre las transacciones comerciales que se llevan a cabo en su plataforma, con el objetivo de mejorar la fiscalización de las actividades económicas realizadas a través de servicios digitales. La medida busca garantizar una mayor transparencia fiscal y combatir la evasión de impuestos que pueda surgir de las transacciones realizadas en estas plataformas.

Este cambio normativo puede ser percibido como un esfuerzo por adaptar la regulación fiscal a la realidad económica digital, donde las transacciones en línea se han vuelto cada vez más frecuentes. Aunque puede generar un mayor control y cumplimiento tributario, también plantea cuestionamientos sobre la privacidad y seguridad de los datos de los usuarios, aspectos que deberán ser cuidadosamente considerados en la implementación de esta medida.

 IVA de los alimentos y energía

El Gobierno ha confirmado la prórroga, al menos hasta junio de 2024, de la reducción del IVA en alimentos básicos, como leche y huevos, así como la disminución del 10% al 5% en el IVA aplicado al aceite y la pasta. Esta medida, que exime de este impuesto a productos esenciales, busca aliviar la carga económica de los ciudadanos. La prórroga, que se espera sea aprobada en el próximo Consejo de Ministros, ampliará una política que culmina originalmente a finales de diciembre. La Agencia Tributaria informa que, hasta noviembre, la disminución del IVA en alimentos ha representado una pérdida de recaudación de 1.573 millones de euros.

En el mismo contexto, el Consejo de Ministros deberá abordar la decisión sobre la reducción del IVA en electricidad y gas natural, una medida implementada inicialmente para contrarrestar los efectos de la inflación y la crisis en Ucrania, y que también finaliza en diciembre. La rebaja del IVA en electricidad ha implicado una disminución de ingresos para la Agencia Tributaria de 514 millones de euros desde enero hasta noviembre, mientras que la reducción en el impuesto al gas natural ha resultado en una pérdida de recaudación de 214 millones de euros.

Estas medidas fiscales, aunque alivian la carga económica para los ciudadanos, plantean desafíos para las finanzas públicas, y el Gobierno deberá equilibrar la necesidad de estimular la economía y mantener la recaudación fiscal. La prórroga de estas políticas busca proporcionar estabilidad y apoyo durante el periodo de incertidumbre económica.

 

 

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