Últimos suspiros del 2016: cambios en el Plan General Contable a golpe de Reglamento - BASILIO RAMÍREZ

 

El Gobierno de funciones y la legislación vagando durante un año, deja al final del 2016 con frenéticos cambios normativos. Ahora le toca al Plan General Contable, modificación que viene de la mano de las últimas reformas de Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y de Auditoría de Cuentas. Algunos de los cambios más relevantes son:

Para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016:

  • Ampliación de límites para acogerse al PGC de PYMES para entidades que puedan formular balance abreviado.
  • Empresas que durante dos ejercicios seguidos reúnan, al cierre de los mismos, al menos 2 de las siguientes condiciones:
  1. El total de las partidas de activo no superen 4M€ (antes eran 2M€).
  2. El importe neto de la cifra de negocios no supere 8M€ (antes 5.700.000 €).
  3. Los empleados no superen el número de 50.
  • El estado de cambios en el patrimonio neto deja de ser obligatorio para PYMES.
  • Los intangibles respecto de los cuales no pueda estimarse con fiabilidad su vida útil se deben de amortizar en el plazo de 10 años.
  • Además, en el fondo de comercio concretamente, se establece una presunción que admite prueba en contrario, de que se recuperará, de manera lineal en 10 años, con lo que la empresa se evita la tarea de justificar la vida útil de este elemento.
  • Con el fondo de comercio, también, así como con los demás intangibles, se regula la forma de proceder por norma transitoria: el valor en libros de estos elementos al cierre del período anterior se amortizará hacia el futuro siguiendo los nuevos criterios. La reserva por fondo de comercio se reclasificará a reservas voluntarias en el importe que supere el fondo de comercio.
  • Finalmente, se da la opción de amortizar estos activos con cargo a reservas, según la vida útil desde la adquisición, minorizándose, en su caso, el cargo por amortización resultante en la pérdida por deterioro reconocido por la empresa. La amortización posterior se realizará siguiendo los nuevos criterios, suponiendo que la vida útil restante será el período que falte para completar 10 años de vida útil.

La imagen fiel de la empresa, así como la transparencia de su balance, cobra especial importancia en esta modificación del PGC; se modifica el contenido de la memoria para PYMES, información en cuentas anuales sobre dietas, indemnizaciones, sueldos o remuneraciones, anticipos o créditos a la alta dirección.

⇒ Accede al Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre por el que se modifica el PGC.

 

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