Nueva Ley de apoyo a la empresa familiar. - BASILIO RAMÍREZ

La Asamblea de Madrid ha dado luz verde definitiva a la nueva Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, en el ámbito de la sucesión,  a través de una reducción de los impuestos,  ampliando el porcentaje de la reducción aplicable por los herederos al 99% (actualmente 95%) y ampliándose los beneficiarios de la reducción

El objetivo es garantizar el relevo generacional en la empresa familiar y asegurar así la continuidad de estos negocios, que son una pieza fundamental del tejido productivo de la región.

De esta manera, la ley desarrolla nuevos beneficios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, aumentando los indicados en la ley estatal, y mejora ciertos requisitos para la sucesión.

Así, se amplían los beneficiarios de la reducción a los parientes del Grupo III (entre hermanos, tíos sobrinos y ascendientes y descendientes por afinidad) y a colaterales de cuarto grado por consanguinidad (por ejemplo, primos hermanos, tíos-abuelos) o por afinidad (por ejemplo, los cónyuges de mis primos hermanos o los hijos de los tíos de mi cónyuge), y la ampliación del grupo de parentesco relativo al requisito de participación en el capital, en el caso de la reducción por adquisición de participaciones en entidades. Esta regulación se aplicará tanto mortis causa como inter vivos.

En estos cambios para la sucesión, esta se extiende también a directivos o personal que tenga una especial relación con la empresa, con al menos diez años de antigüedad y que hayan ejercido funciones de dirección durante los últimos cuatro.

Por otro lado,  reduce  los requisitos de acceso, haciendo desaparecer condiciones como la edad mínima de 65 años del donante o el motivo de la actividad como principal fuente de renta.

En los próximos días se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), por lo que previsiblemente, habrá entrado en vigor el miércoles 1 de julio de 2026

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