El avance de las Administraciones Europeas y mundiales en el intercambio de información fiscal país por país

En los últimos años, el problema que plantea el fraude fiscal y la evasión fiscal transfronterizos se ha agravado considerablemente, pasando a convertirse en uno de los principales motivos de preocupación tanto para la Unión Europea como a nivel mundial.

La Comisión Europea destacó la necesidad de promover, energéticamente, el intercambio automático de información, como el futuro estándar europeo e internacional de transparencia e intercambio de información en el ámbito fiscal.

El intercambio de información país por país viene regulado en la Directiva2014/107/UE que modifica la anterior regulación según la Directiva 2011/16/UE.

El objetivo es tener un conocimiento, lo más amplio posible, para evitar prácticas de planificación fiscal agresiva que permitan la nula o escasa tributación.

El 27 de Enero de 2016, España dio uno de sus pasos más importantes en el cumplimiento de esta normativa, firmando en París un acuerdo junto a otros 30 Estados –“Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el intercambio de Información País por País” auspiciado por la OCDE-, lo que va a permitir a los Estados poder obtener información desagregada de los impuestos que pagan las multinacionales, cuya matriz se encuentra afincada en los Estados que han firmado el acuerdo, sin necesidad de alargar el trámite teniendo que suscribir pactos bilaterales con ellos.

El intercambio de información “país por país” está incluido en el llamado Plan de Acción de BEPS (Base Erosion and Profit Shifing) de la OCDE, de lucha contra la erosión de bases imponibles, planificación fiscal agresiva u la transferencia artificial de beneficios empresariales.

¿En qué consiste el plan?

Implica que las sociedades multinacionales estén obligadas a presentar un informe en el que, de una manera detallada, se desagreguen los impuestos que pagan en todos los países donde tienen actividad.

El informe tendrá carácter anual y deberán presentarse en la jurisdicción de la matriz del grupo multinacional, compartiendo todos los países firmantes, de manera automática, la información obtenida.

España ha tomado la delantera en este tema, y ha incluido en su reciente Reglamento del Impuesto de Sociedades de julio de 2015, una mención importante: Las multinacionales residentes en España con una cifra de negocios superior a 750 millones de euros y que tengan la condición de dominantes en un grupo, estarán obligadas, a partir de 2016, a suministrar información a la Agencia Tributaria de los impuestos que pagan “país por país”, aunque el intercambio de información se hará efectivo a partir de 2017.

Acuerdo de confidencialidad

La información obtenida será para uso exclusivo de las administraciones tributarias, garantizándose el principio de confidencialidad de los datos tributarios.

España sigue trabajando

España participa en otras iniciativas internacionales (OCDE, G-20 y Comisión Europea) como el acuerdo para establecer un intercambio de información tributaria que sea “automático” y “estandarizado”, a partir de 2017.

Por otro lado, la Agencia Tributaria y las grandes empresas acaban de reforzar el código de Buenas Prácticas para avanzar en trasparencia y seguridad jurídica, así como un catálogo de 11 indicadores de buenas prácticas, de manera que si la Agencia considera que una empresa está incumpliendo, podrá reclamar al consejo de administración compromisos concretos del código.

 

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